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¿Cómo renunciar a una herencia?

Notaria en Bilbao

Recibir una herencia no siempre es sinónimo de beneficio económico. En ocasiones, las deudas del fallecido superan al activo o los impuestos derivados de la sucesión resultan inasumibles para los herederos. En estos escenarios, la renuncia a la herencia (técnicamente llamada repudiación) surge como la herramienta legal para proteger el patrimonio personal. 

Desde Notaría Heros 28, somos notarios especialistas en herencias en Bilbao, y te vamos a explicar todo lo que necesitas saber antes de tomar esta decisión irrevocable. 

¿Qué significa realmente renunciar a una herencia? 

Renunciar a una herencia es el acto formal por el cual un heredero manifiesta su voluntad de no aceptar los bienes, derechos y obligaciones del fallecido. Es fundamental entender tres características clave de este acto: 

  • Es total: No se puede renunciar «solo a las deudas» y quedarse con la vivienda. La renuncia afecta a toda la cuota hereditaria. 
  • Es irrevocable: Una vez que firmas la escritura de renuncia ante notario, no hay marcha atrás. Dejas de ser heredero a todos los efectos. 
  • Es expresa: A diferencia de la aceptación, que puede ser tácita (realizando actos de dueño sobre los bienes), la renuncia siempre debe hacerse ante notario en documento público

Motivos principales para repudiar una herencia 

Aunque cada caso es único, la mayoría de las renuncias a la herencia responden a tres causas: 

  • Responsabilidad pro viribus: Es una responsabilidad en la cual el heredero no responde de las deudas del causante más allá de donde alcance el valor de los bienes hereditarios. Es una excepción que se da en el País Vasco. 
  • Imposibilidad de pagar impuestos: En algunas comunidades autónomas, el Impuesto de Sucesiones puede ser muy elevado, especialmente en parientes colaterales (sobrinos, tíos). 
  • Motivos personales o generacionales: A veces, un padre renuncia a la herencia de su abuelo para que ésta pase directamente a sus hijos (los nietos), simplificando la transmisión patrimonial. 

Pasos para formalizar la renuncia ante notario 

El proceso es sencillo, pero requiere de una documentación precisa para garantizar su validez legal. 

Documentación necesaria 

Para preparar la escritura en nuestra notaría, necesitaremos: 

  • DNI del renunciante. 
  • Certificado de Defunción (se obtiene en el Registro Civil). 
  • Certificado de Últimas Voluntades (confirma si hay testamento y en qué fecha se hizo). 
  • Copia autorizada del Testamento (si lo hay) o el Acta de Declaración de Herederos. 

Firma de la Escritura Pública 

El heredero debe acudir personalmente a la notaría (o mediante un apoderado con facultades específicas) para firmar la escritura de renuncia. El notario se asegurará de que el renunciante comprende las consecuencias de su decisión. 

El plazo fiscal 

Es vital renunciar antes de que prescriba el Impuesto de Sucesiones (normalmente 6 meses, prorrogables a otros 6). Si se renuncia después, a efectos de Hacienda podría considerarse una donación al resto de herederos, lo que generaría un doble pago de impuestos innecesario. 

Tipos de renuncia y su impacto fiscal 

No todas las renuncias tributan igual. Es aquí donde el asesoramiento notarial es imprescindible: 

  • Renuncia pura y simple: El heredero rechaza la herencia sin designar a nadie. Su parte pasa al siguiente en la línea sucesoria o acrece al resto de coherederos. No paga impuestos. 
  • Renuncia a favor de un tercero (Traslativa): Si renuncias «en favor de mi hermano», legalmente se considera que primero has aceptado la herencia y luego la has donado. Esto implica pagar el Impuesto de Sucesiones y, además, el beneficiario pagará el Impuesto de Donaciones. 

La aceptación a beneficio de inventario 

Si no estás seguro de si las deudas superan a los bienes, no es obligatorio renunciar de inmediato. Existe la aceptación a beneficio de inventario

Esta fórmula permite que las deudas del fallecido se paguen exclusivamente con los bienes de la herencia. Si sobra algo, el heredero lo recibe; si no sobra nada, el heredero no pone en riesgo su propio bolsillo. En Notaría Heros 28 podemos asesorarte sobre si esta opción es preferible a la renuncia total. 

¿Cómo hago si estoy en esta situación? 

Renunciar a una herencia es una decisión económica trascendental. No solo te libera de deudas, sino que redefine el destino de un patrimonio familiar. Debido a su carácter irrevocable, es fundamental contar con la documentación correcta y el asesoramiento de profesionales que garanticen que el proceso se ajusta a la legalidad vigente. 

Si te encuentras en esta situación o tienes dudas sobre una herencia, coge tu cita hoy mismo. En Notaría Heros 28 estamos a tu disposición para analizar tu caso, revisar el testamento y formalizar el trámite con la máxima seguridad jurídica. 

FAQS

Sí. El proceso es el mismo. Primero se debe realizar la «declaración de herederos» para determinar quiénes son los beneficiarios legales y, una vez determinado, el heredero puede acudir a la notaría para formalizar su renuncia mediante escritura pública.
Depende de lo que diga el testamento. Habitualmente, si un heredero renuncia, su parte pasa a sus propios descendientes (sustitución) o se reparte entre el resto de coherederos (derecho de acrecer). Si no hay testamento, la ley marca el orden sucesorio.
Sí, es posible. Sin embargo, hay que estudiar si se hace de forma «pura y simple» o «en favor de». Si renuncias de forma pura y simple y el testamento prevé la sustitución, tu hijo heredará directamente, lo cual suele ser más eficiente a nivel fiscal.
El coste principal es el de la escritura pública notarial. Es una inversión mínima comparada con el riesgo de heredar deudas imprevistas.

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