A nadie le resulta cómodo pensar en el final de la vida o en la posibilidad de sufrir una enfermedad grave que impida comunicarse. Es una reacción totalmente natural; tendemos a esquivar lo incómodo de forma instintiva. Sin embargo, mirar hacia adelante en esto no es ser pesimista. Al contrario: es un acto de responsabilidad hacia nosotros mismos y, sobre todo, un respiro enorme para nuestras familias, a quienes evitamos el peso de tener que adivinar qué habríamos querido en un momento crítico.
En el País Vasco, este mecanismo legal y sanitario se canaliza a través del Documento de Voluntades Anticipadas (DVA), popularmente conocido como testamento vital. Aunque se habla cada vez más de él, siguen existiendo dudas razonables sobre cómo funciona, qué alcance tiene y dónde se gestiona en Bizkaia.
¿Qué es el Documento de Voluntades Anticipadas?
El DVA es un escrito formal dirigido al equipo médico en el que una persona mayor de edad —y con plena capacidad de obrar— deja constancia de las instrucciones que desea que se sigan respecto a su asistencia sanitaria en el futuro.
El matiz clave es el factor tiempo: este documento solo se activará si, llegado el momento, te encuentras en una situación física o psíquica que te impida manifestar tu voluntad por ti mismo. Mientras conserves la capacidad de decidir y comunicarte, tu palabra en el presente siempre estará por encima de lo que firmaste en el pasado.
A través de este documento, se pueden dejar pautados aspectos tan personales como:
- Tratamientos médicos aceptados o rechazados: Indicar el rechazo al ensañamiento terapéutico o a mantener la vida de forma artificial mediante soportes mecánicos si el estado de salud es irreversible.
- La designación de un representante: Nombrar a una persona de máxima confianza para que actúe como interlocutor válido con los médicos y vele por el cumplimiento estricto de lo escrito.
- Donación de órganos y tejidos: Expresar la voluntad de ser donante (o no) con fines de trasplante, investigación científica o docencia de medicina.
- Instrucciones sobre el final de la vida: Detallar cómo se desea recibir los cuidados paliativos o manifestar el deseo de acogerse a la prestación de ayuda para morir (eutanasia) bajo los supuestos contemplados por la ley.
¿Por qué formalizarlo ante notario?
La legislación vasca permite otorgar el DVA por tres vías diferentes: ante tres testigos, ante el personal habilitado de Osakidetza, o en documento público ante notario. Aunque todas las opciones son válidas, la vía notarial aporta un plus de tranquilidad y seguridad jurídica que marca la diferencia.
Cuando acudes a un despacho como el nuestro, en la calle Heros 28 de Bilbao, no vienes simplemente a rellenar un impreso genérico o estándar. Nuestro trabajo como notarios consiste en escucharte, entender tus circunstancias particulares, resolver tus dudas reales y dar una forma jurídica impecable a tus deseos. Una instrucción médica redactada de manera ambigua o confusa puede generar dilemas éticos y operativos al personal sanitario en el hospital. El asesoramiento preventivo garantiza que lo que quede escrito sea nítido y fácil de ejecutar.
Además, al firmar la escritura, nos encargamos de tramitar su inscripción directa en el Registro Vasco de Voluntades Anticipadas. De este modo, el documento queda vinculado a tu historial clínico electrónico. Si surge una urgencia médica en cualquier hospital, el equipo sanitario sabrá de su existencia de forma inmediata.
Hablar de cuidados médicos al final de la vida nunca es un tema sencillo, pero resolverlo aporta un profundo alivio. En la Notaría Heros 28, nuestro equipo enfoca estos procesos desde la cercanía, la empatía y el respeto absoluto a la intimidad. Si estás valorando redactar tus voluntades anticipadas en Bilbao, te invitamos a consultarnos para dar el paso con total seguridad jurídica.





